Transcurrido más de un año desde la publicación de la primera edición de esta obra, los sucesivos cambios normativos realizados en el derecho tributario argentino, y las nuevas interpretaciones de los organismos fiscales, que se proyectan en el régimen tributario de la actuación del notario, han colocado a la autora en la necesidad de encarar una pronta actualización. Avanzado el año 2008 se incorporaron importantes modificaciones al régimen del Código de Oferta de Inmuebles, en especial la autorización del titular o condómino del inmueble para que directamente la inmobiliaria tramite el código en su representación, y ciertos deberes de información a cargo de los escribanos. También se sustituyó el régimen de comunicación de los procesos de reorganización de empresas a la Administración Federal de Ingresos Públicos. Durante este año se introdujeron cambios en los regímenes de retención a observar por los notarios en los impuestos a las ganancias y a la transferencia de inmuebles; en particular, respecto de este último tributo, el trámite para obtener el certificado de no retención por el ejercicio de la opción de reemplazo de la única vivienda, y los deberes formales a considerar. Y, por último, en cuanto a modificaciones normativas, la novedad más importante se produjo en el Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, donde se insertó de manera casi integral y completa el impuesto de sellos, con la consiguiente ampliación de su hecho imponible y la incorporación de una alícuota general y de alícuotas especiales.Avanzado el año 2008 se incorporaron importantes modificaciones al régimen del Código de Oferta de Inmuebles, en especial la autorización del titular o condómino del inmueble para que directamente la inmobiliaria tramite el código en su representación, y ciertos deberes de información a cargo de los escribanos. También se sustituyó el régimen de comunicación de los procesos de reorganización de empresas a la Administración Federal de Ingresos Públicos. Durante este año se introdujeron cambios en los regímenes de retención a observar por los notarios en los impuestos a las ganancias y a la transferencia de inmuebles; en particular, respecto de este último tributo, el trámite para obtener el certificado de no retención por el ejercicio de la opción de reemplazo de la única vivienda, y los deberes formales a considerar. Y, por último, en cuanto a modificaciones normativas, la novedad más importante se produjo en el Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, donde se insertó de manera casi integral y completa el impuesto de sellos, con la consiguiente ampliación de su hecho imponible y la incorporación de una alícuota general y de alícuotas especiales.También se sustituyó el régimen de comunicación de los procesos de reorganización de empresas a la Administración Federal de Ingresos Públicos. Durante este año se introdujeron cambios en los regímenes de retención a observar por los notarios en los impuestos a las ganancias y a la transferencia de inmuebles; en particular, respecto de este último tributo, el trámite para obtener el certificado de no retención por el ejercicio de la opción de reemplazo de la única vivienda, y los deberes formales a considerar. Y, por último, en cuanto a modificaciones normativas, la novedad más importante se produjo en el Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, donde se insertó de manera casi integral y completa el impuesto de sellos, con la consiguiente ampliación de su hecho imponible y la incorporación de una alícuota general y de alícuotas especiales.Y, por último, en cuanto a modificaciones normativas, la novedad más importante se produjo en el Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, donde se insertó de manera casi integral y completa el impuesto de sellos, con la consiguiente ampliación de su hecho imponible y la incorporación de una alícuota general y de alícuotas especiales.