<p>La caracterización constitucional de nuestro Estado como un Estado social implica que son los representantes de los ciudadanos los que deben dar una configuración definitiva al orden económico y social, con la consiguiente afectación del contenido constitucional de los derechos fundamentales económicos. Se asume así que la promoción de determinados bienes e intereses colectivos se puede hacer a costa del contenido de los derechos fundamentales...