<p>El régimen de incorporación fiscal (RIF) es aplicable a las personas físicas que cumplan con los requisitos siguientes:<br>1. Realicen únicamente actividades empresariales.<br>2. Que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera de título profesional para su realización. <br>3. Que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de $2'000,000.00. <br><br>El...