La presente obra contiene un comentario de las normas que la Ley de Sociedades de Capital dedica al régimen de las juntas generales en las sociedades no cotizadas. Las sociedades cerradas constituyen un número muy superior al de las cotizadas, y ello es lo que ha justificado el específico tratamiento dedicado por los autores a este tipo de sociedades. El modelo del que parte la ley es el de una reunión compleja e institucionalizada en la que nume...