Tiene declarado la Sala Segunda del Tribunal Supremo que el derecho a la prueba se configura como un derecho fundamental y es inseparable del mismo derecho de defensa pero no es ilimitado como ningun otro lo es No existe un derecho incondicional a la prueba y son los organos judiciales los que estan autorizados para ponderar la pertinencia y necesidad de cada una de ellas En la misma linea tiene declarado el Tribunal Constitucional que la utiliza...