El Derecho Internacional de los Refugiados (DIR) defini la condicin de refugiado como una situacin excepcional y, por ello, como una figura ?humanitaria?, lo que tuvo como consecuencia hacer del refugio una situacin excluida de la dimensin poltica de los derechos. Algunos autores (Nyers, 2006; Agamben, 1998; Arendt, 1974) encuentran que con esta definicin se instaur una ?inclusin? aparente de las personas refugiadas en los pases de destino, precisamente desde su exclusin como sujetos con agencia poltica, lo cual ha constituido un contrasentido. Este estudio se ocupa de este contrasentido que se presenta como ?La paradoja del refugio?.