El daño a la Salud es definido como una categoría de perjuicio autónomo de carácter mixto o complejo, entre tanto que atiende la lesión a la integridad psicofísica de la persona (daño evento) y las consecuencias que ella conlleva en el desarrollo y entorno de la víctima (daño consecuencia), sin importar que sea temporal o permanente, grave o leve; y cuyo reconocimiento y liquidación exige la valoración objetiva de la enfermedad o menoscabo fisico...