Si nos remitimos al diccionario de la RAE nos damos cuentaque "cursi" significa: "pretender ser elegante, que resultaafectado, ridículo o de poco gusto -pegoste", con esto nos damos cuentaque los escritos aquí planteados si bien pretenden llamar la atención por sucoyuntura, a la final no cuenta con razonamientos perezosos sinorevolucionarios, no porque resulte "cool", pues lo que se muestra esque el ?derecho público? que presentamos es más simple de aquel que se exponeactualmente bajo los premisas del progresismo jurídico mayormente cobijado bajola etiqueta del ?neoconstitucionalismo" (iusmoralismo) o bien como diríaGarcía Amado del: "pijoprogresimo?.
Es este "derecho cursi?, el que criticaremos en estetexto como contrario al contenido libertario de la ideas. En últimas, también,este ejercicio académico resulta siendo un manual para los neófitos del derechode todas la universidades que apenas se están adentrando a la filosofíapolítica y jurídica libertaria que hoy en día no cuentan con razonamientopropio sino con planteamientos prestados de las escuelas mismas(iuspositivismo, iusrealismo o iusnaturalismo) y que su vez sirve como criterioorientador de las bases del pensamiento austroliberal en contra de losideologías autoritarias de pensamiento como la de la CLS.
Aquí no nos jactamos de pretender ser "elegantes","pegotes" o "cursis", con las lecciones atribuidas yextrapoladas del Blog, pretendemos denunciar dicha psicosis. Los artículosincluidos en este texto son escritos que fueron seleccionados razonadamente eintencionalmente (habiendo aún más por desarrollar) en años venideros. Lospuntos descritos son el sentido original de estos documentos, que con algunasmodificaciones y sin cambiar el sentir de las palabras no resulta de serinteresante para el lector jurídico o no interesado en estos temastransversales.