La decisión de algunas de las grandes potencias, lideradas por los Estados Unidos, de invadir Iraq argumentando el incumplimiento del gobierno de Saddam Huseein respecto de sus obligaciones internacionales en materia de armas nucleares, químicas y otras de destrucción masiva en su poder, sin que el consejo de Seguridad de las Naciones Unidas lo autorice y en contra de la opinión de millones de ciudadanos del mundo entero, perece cuestionar la vigencia del derecho internacional.La autora sostiene que el derecho internacional es la consecuencia inevitable de la coexistencia de los estados en el ámbito internacional. Sin perjuicio de la multiplicidad de enfoques para fundamentar su validez, plantea el carácter teórico del problema debido a que los Estados nunca han cuestionado la vigencia del derecho internacional, esto es así porque el derecho comparte las características de la sociedad a la que se aplica y, desde la segunda posguerra, se trata de una comunidad internacional con una serie de preocupaciones comunes que sólo se conciben y se expresan a nivel mundial a través del derecho internacional. El orden jurídico-político de la segunda posguerra consagra la prohibición del uso de la fuerza por los estados en sus relaciones internacionales y también genera conceptos inéditos, como el de derechos humanos y el de medio ambiente, que sólo pueden asumir su característica de universalidad a través de normas internacionales. La autora sostiene que el derecho internacional es la consecuencia inevitable de la coexistencia de los estados en el ámbito internacional. Sin perjuicio de la multiplicidad de enfoques para fundamentar su validez, plantea el carácter teórico del problema debido a que los Estados nunca han cuestionado la vigencia del derecho internacional, esto es así porque el derecho comparte las características de la sociedad a la que se aplica y, desde la segunda posguerra, se trata de una comunidad internacional con una serie de preocupaciones comunes que sólo se conciben y se expresan a nivel mundial a través del derecho internacional. El orden jurídico-político de la segunda posguerra consagra la prohibición del uso de la fuerza por los estados en sus relaciones internacionales y también genera conceptos inéditos, como el de derechos humanos y el de medio ambiente, que sólo pueden asumir su característica de universalidad a través de normas internacionales.