La Constitución colombiana define la naturaleza del Estado como social de derecho, concepto que se convierte, por tanto, en derrotero central del ordenamiento. Esta decisión constitucional recibe variadas críticas, ya que parece que una promulgación en tal sentido no es la más adecuada frente a la realidad socioeconómica del país. Las críticas al respecto son muchas: de un lado, las que afirman que el Estado social de derecho es una configuración...