Marcada históricamente por el conocimiento de acciones en el
marco de las pretensiones declarativas, la jurisdicción de lo contencioso
administrativo no conocía de procesos ejecutivos debido a que se entendía que
esta clase de procedimientos correspondía al dominio exclusivo del derecho
procesal civil y, en consecuencia, era de conocimiento privativo de la jurisdicción
ordinaria. Sin embargo, con ocasión de la expedición de la legislación que le
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