La noción y amplitud de las asociaciones público-privadas (app), introducidas en nuestra legislación por la Ley 1508 de 2012, son inciertas no solo en nuestro derecho nacional sino también en el derecho comparado y en el comunitario europeo. Concebida en ocasiones como el género, frente a la concesión, esta figura, que traspasa fronteras y regímenes jurídicos diversos, se estructura en torno a la participación del capital y gestión privados para ...