¿En dónde en qué parte del sistema de las ciencias- está ellugar de la ciencia del Derecho? Preguntémonos por su objeto. ¿Con qué objetosse ocupa el científico del Derecho? Con el Derecho en singular-es difícilhacerlo a causa de su carácter difuso. Habrá que centrarse, por lo tanto, enfenómenos jurídicos individuales. Pero la cuestión de si un fenómeno -estaexpresión poco precisa es aquí irremplazable es un fenómeno jurídico, es decir,un objeto adecuado de la ciencia del Derecho, tiene en este ámbito dificultadesde tal magnitud que resultan desconocidas en otras ciencias. Kant decía, con nopoca malicia, que «los juristas todavía están a la búsqueda de su concepto delDerecho».KLAUS ADOMEIT