El fuero penal militar ha jugado un papel protagónico en el ejercicio de la administración de la justicia desde su inclusión en la sociedad jurídica. Inicialmente fue concebido como la fuente de regulación de las conductas inherentes a la cultura castrense y de aquellas que son ajenas a la misma pero que fueron cometidas por el Ejército español en la época de la conquista. Con el pasar de los años este fuero se convirtió en un sistema jurídico pionero en la administración de justicia en una época de barbarie, con el cual se forjó la independencia y se consolidó el estado colombiano. En este sentido, el presente trabajo aborda los criterios jurídicos y fácticos necesarios para establecer cuándo una conducta punible cometida por el agente del Estado se encuentra o no relacionada con el servicio. A partir de ello, se espera definir el juez competente de la causa, dado que aunque en principio, el juez natural de todo proceso penal es de carácter ordinario, en materia de conductas punibles cometidas por los miembros adscritos al fuero castrense la investigación y el juzgamiento está bajo la responsabilidad de la JPM, siempre que estas tengan relación con el servicio.