INTRODUCCIÓN
CAPITULO PRIMERO
EL LUCRO CESANTE FUTURO HEREDITARIO A FAVOR DE LOS PADRES POR LA MUERTE DE HIJOS MENORES DE EDAD ES UN DAÑO INDEMNIZABLE
CAPITULO I
LA INDEMNIZACIÓN DEL LUCRO. CESANTE FUTURO HEREDITARIO. A FAVOR DE LOS PADRES POR LA MUERTE DE SUS HIJOS MENORES DE EDAD,COMO REGLA jURISPRUDENCIAL DE LA CORTE IDH
I. El surgimiento de la Corte IDH como organismo internacional de administración de justicia
II. La indemnización del lucro cesante futuro hereditario a favor de los padres por la muerte de SUS hijos menores de edad como regla judicial de la Corte IDH
III. La indemnización del lucro cesante futuro hereditario a favor de los padres por la muerte de sus hijos menores de edad como jurisprudencia de la Corte IDH
CAPITULO II
LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE IDH SOBRE LA PROCEDENCIA DEL LUCRO CESANTE FUTURO HEREDITARIO A FAVOR DE LOS PADRES POR LA MUERTE DE SUS HIJOS MENORES DE EDAD COMO NORMA
INTEGRANTE DEL BLOQUE DE CONSTTUCIONALIDAD COLOMBIANO
CAPITULO III
EL CONTROL DE CONVENCIONALIDAD EN COLOMBIA COMO RECURSO DE ADECUACIÓN DEL DERECHO INTERNO A LOS ESTÁNDARES INTERNACIONALES DE REPARACIÓN EN MATERIA DE LUCRO CESANTE FUTURO HEREDITARIO A FAVOR DE LOS PADRES POR LA MUERTE DE HIJOS MENORES DE EDAD
CAPITULO SEGUNDO
El LUCRO CESANTE FUTURO PROPIO A FAVOR DE LOS PADRES POR LA MUERTE DE HIJOS MENORES DE EDAD ES UN DAÑO INDEMNIZABLE
CAPITULO I
EL CARÁCTER PERSONAL DEL LUCRO CESANTE FUTURO PROPIO A FAVOR DE LOS PADRES POR LA MUERTE DE HIJOS MENORES DE EDAD
I. La actividad laboral del menor distinto del trabajo infantil en el marco de un contrato de trabajo: una situación jurídicamente protegida por el derecho colombiano
II. El trabajo independiente de los menores de edad: una situación jurídicamente protegida por las disposiciones del Código Civil colombiano que regulan el peculio profesional o industrial de los púberes
CAPITULO II
EL CARÁCTER CIERTO DEL LUCRO CESANTE FUTURO PROPIO A FAVOR DE LOS PADRES POR LA MUERTE DE HIJOS MENORES DE EDAD
I. La proyección del lucro cesante futuro a partir de situaciones existentes: circunstancia de mayor certeza
II. La liquidación del lucro cesante futuro propio a favor de los padres por la muerte de hijos menores de edad: una fórmula posible
CAPITULO TERCERO
LA PÉRDIDA DE OPORTUNIDAD DE LOS PADRES DE RECIBIR AYUDA ECONÓMICA FUTURA POR LA MUERTE DE HIJOS MENORES DE EDAD ES UN DAÑO MATERIAL INDEMNIZABLE
CAPITULO I
LA PÉRDIDA DE UNA OPORTUNIDAD O CHANCJ: COMO DAÑO MATERIAL INDEMNIZABLE
CAPITULO II
LA CARENCIA FUTURA DE LOS PADRES DE RECIBIR ALIMENTOS O AYUDA ECONÓMICA POR LA MUERTE DE HIJOS MENORES DE EDAD ES UN DAÑO INDEMNIZABLE A TITULO DE PÉRDIDA DE UNA OPORTUNIDAD
Conclusiones
BIBLIOGRAFIA