La Asamblea General es el órgano máximo de administración de las cooperativas y las decisiones que en ellas de tomen son obligatorias para todos los asociados, siempre que se hayan hecho conforme a las normas legales vigentes, a los reglamentos y a los estatutos de la misma. El objetivo general del presente escrito es poner a disposición del sector solidario colombiano un texto que trate de manera integral el régimen jurídico aplicable actualmente a las asambleas generales de las cooperativas. Su enfoque es eminentemente legal y práctico, renunciando a un documento de profundo nivel académico. En este texto se hace referencia a las normas legales que regulan las asambleas, analizándolas y haciendo las interpretaciones correspondientes, en concordancia con la doctrina de la Superintendencia de la Economía Solidaria sobre la materia, al igual que otros escritos que han desarrollado el tema. Algunos puntos requerirían de un trabajo más extenso y especializado, como los relacionados con las impugnaciones de asambleas o el régimen parlamentario aplicable a su desarrollo; pero esto excedería los propósitos de este texto, por lo que ha sido necesario dejar de lado su profundización. El análisis se centra en los aspectos previos como convocatoria y determinación de la habilidad de los asociados o dele-gados, así como en la reunión de la asamblea propiamente dicha. Temas como actas, controles de legalidad y registro, escasamente se mencionan con algunas observaciones, pues requerirían de mucho más espacio y quizás otros escritos para su estudio adecuado.El objetivo general del presente escrito es poner a disposición del sector solidario colombiano un texto que trate de manera integral el régimen jurídico aplicable actualmente a las asambleas generales de las cooperativas. Su enfoque es eminentemente legal y práctico, renunciando a un documento de profundo nivel académico. En este texto se hace referencia a las normas legales que regulan las asambleas, analizándolas y haciendo las interpretaciones correspondientes, en concordancia con la doctrina de la Superintendencia de la Economía Solidaria sobre la materia, al igual que otros escritos que han desarrollado el tema. Algunos puntos requerirían de un trabajo más extenso y especializado, como los relacionados con las impugnaciones de asambleas o el régimen parlamentario aplicable a su desarrollo; pero esto excedería los propósitos de este texto, por lo que ha sido necesario dejar de lado su profundización. El análisis se centra en los aspectos previos como convocatoria y determinación de la habilidad de los asociados o dele-gados, así como en la reunión de la asamblea propiamente dicha. Temas como actas, controles de legalidad y registro, escasamente se mencionan con algunas observaciones, pues requerirían de mucho más espacio y quizás otros escritos para su estudio adecuado.En este texto se hace referencia a las normas legales que regulan las asambleas, analizándolas y haciendo las interpretaciones correspondientes, en concordancia con la doctrina de la Superintendencia de la Economía Solidaria sobre la materia, al igual que otros escritos que han desarrollado el tema. Algunos puntos requerirían de un trabajo más extenso y especializado, como los relacionados con las impugnaciones de asambleas o el régimen parlamentario aplicable a su desarrollo; pero esto excedería los propósitos de este texto, por lo que ha sido necesario dejar de lado su profundización. El análisis se centra en los aspectos previos como convocatoria y determinación de la habilidad de los asociados o dele-gados, así como en la reunión de la asamblea propiamente dicha. Temas como actas, controles de legalidad y registro, escasamente se mencionan con algunas observaciones, pues requerirían de mucho más espacio y quizás otros escritos para su estudio adecuado.Algunos puntos requerirían de un trabajo más extenso y especializado, como los relacionados con las impugnaciones de asambleas o el régimen parlamentario aplicable a su desarrollo; pero esto excedería los propósitos de este texto, por lo que ha sido necesario dejar de lado su profundización. El análisis se centra en los aspectos previos como convocatoria y determinación de la habilidad de los asociados o dele-gados, así como en la reunión de la asamblea propiamente dicha. Temas como actas, controles de legalidad y registro, escasamente se mencionan con algunas observaciones, pues requerirían de mucho más espacio y quizás otros escritos para su estudio adecuado.