Comoquiera que el derecho de familia en nuestro ordenamiento jurídico no cuenta con una legislación especial sino que, por el contrario, debe adecuarse a las normas sustanciales y procesales contenidas en el Código Civil y en el Código General del Proceso, por tal razón, al entrar en vigencia este último, se derrogaron o por lo menos se modificaron los procedimientos regulados en el Código de Procedimiento Civil que eran aplicables en la solución...