Quien fallece deja de ser persona y en consecuencia ya no tiene capacidad de goce o juridica y no puede ser titular de un patrimonio Por tanto los derechos y las obligaciones transmisibles es decir los que no se extinguen con la muerte quedan sin titular Asi para evitar la inmovilizacion inactividad e im- productividad de los bienes situaciones que atentarian contra la funcion economica social y ecologica de la propie- dad el ordenamiento juridic...