En derecho colombiano la resolucion de un contrato por incumplimiento por regla general debe ser decretada por un juez y mientras ello no ocurra el vinculo juridico mantiene su fuerza obligatoria Esta supuesta regla general es infunda-da inconveniente y no se compadece con la moderna realidad economica y juridica Al lado de la resolucion judicial ha existido si bien de manera excepcional la resolucion unilateral que permite a la parte afectada po...